viernes, 21 de marzo de 2014

ÓRGANOS DE GOBIERNO, COORDINACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS CENTROS.


ÓRGANOS DE GOBIERNO:
COLEGIADOS:
Consejos escolar: compuesto por: el director (será el presidente); el jefe de estudios; un representante del Ministerio; un nº de profesores (no menos de 1/3), un nº de padres y alumnos (no menos de 1/3); un representante del personal de administración y servicios del centro; el secretario del centro (será el secretario del Consejo; con voz y sin voto).
Una vez constituido se designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad.
Las Administraciones educativas determinan el nº total de miembros y regula el proceso de elección.
En los CEE y en los que tengan unidades de educación especial formará parte también del Consejo Escolar un representante del personal de atención educativa complementaria.   
              
  COMPETENCIAS:
  • Aprobar proyectos y normas.
  • Aprobar la PGA.
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos presentados por candidatos.
  • Participar en la selección del director del centro. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo.
  • Decidir sobre la admisión de alumnos.
  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a l normativa vigente.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad y la resolución pacífica de conflictos.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones.
  • Fijar directrices para la colaboración, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones.
  • Elaborar propuestas e informes, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión

Claustro de profesores:               Es el órgano de participación de los profesores en el gobierno del centro, y tiene la responsabilidad de: planificar, coordinar, informar y decidir sobre todo los aspectos educativos del centro.

                      COMPETENCIAS:

  • ·         Formular propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la PGA.
  • ·         Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la PGA.
  • ·         Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos,
  • ·         Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
  • ·         Elegir sus representantes del Consejo Escolar y participar en la selección del director.
  • ·         Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
  • ·         Analizar y valorar el funcionamiento del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas.
  • ·         Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.

  • Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan la normativa vigente.
·         Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad y la resolución pacífica de conflictos.

  1. UNIPERSONALES:

Equipo directivo: Es el órgano ejecutivo de gobierno de los centros que estará integrado por el director, el jefe de estudios y el secretario. Trabajaran de forma coordinada conforme las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.
                      -Director:
                      COMPETENCIAS:
  • ·         Ostentar la representación del centro.
  • ·         Dirigir y coordinar todas las actividades del centro.
  • ·         Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del PEC.
  • ·         Garantizar el cumplimiento de las leyes.
  • ·         Ejercer la jefatura de todo el personal.
  • ·         Favorecer la convivencia en el centro.
  • ·         Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicie una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos.
  • ·         Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
  • ·         Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del consejo escolar y el claustro de profesores del centro.
  • ·         Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros.
  • ·         Proponer el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  • ·         Decidir sobre la admisión de alumnos.

                      LA ELECCIÓN:
Se realizará por un proceso en el que participen la comunidad educativa y la administración educativa. Requisitos:
o   Antigüedad de 5 años como  funcionario en la gestión pública docente.
o   Haber impartido docencia directa durante 5 años.
o   Estar en posesión del certificado acreditada de haber superado un curso de formación.
o   Presentar un proyecto de dirección que incluya los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación de grupos.
 EL CESE:
Ø  Por finalización del periodo por el que fue nombrado.
Ø  Renuncia motivada aceptada por la Administración
Ø  Discapacidad física o psíquica.
Ø  Revocación motivada, por incumplimiento grave de las funciones.

Jefe de estudios y secretario: Serán maestros con destino definitivo en  el centro designados por el director, previa comunicación al Consejo Escolar y nombrado por el director provincial. En situaciones excepcionales podrá ser nombrado un profesor sin destino definitivo. La duración será la que corresponda la directora que lo tuviera designado.
CESE DE AMBOS:
Ø  Renuncia motivada por director.
Ø  Cese del director que los propuso.
Ø  Cuando el caro directivo deje de prestar servicio por traslado voluntario o forzoso.
Ø  El director provincial cesara al jefe de estudios a propuesta de director, con previa comunicación al Consejo Escolar.
Ø  El director provincial los cesará expediente administrativo, cuando incumplan gravemente sus funciones.
      COMPETENCIA JEFE DE ESTUDIOS:
  • ·         Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.
  • ·         Ejercer la jefatura del personal docente.
  • ·         Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo.
  • ·         Los proyectos curriculares de etapa y la PGA; y velar por su ejecución.
  • ·         Elaborar los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios propuestos por el claustro.
  • ·         Coordinar las tareas de los equipo de ciclo.
  • ·         Coordinar y dirigir la acción de los tutores y del maestro orientador del centro.
  • ·         Coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado.
  • ·         Organizar los actos académicos.
  • ·         Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar.
  • ·         Participar en la elaboración de la propuesta del PEC y de la PGA.
  • ·         Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan.
  • ·         Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los periodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

      COMPETENCIAS SECRETARIO:
  • ·         Ordenar el régimen administrativo del centro.
  • ·         Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.
  • ·         Custodiar los libros y archivos del centro.
  • ·         Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
  • ·         Realizar el inventario general y mantenerlo actualizado.
  • ·         Custodiar y disponer de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto de material didáctico.
  • ·         Ejercer la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro.
  • ·         Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
  • ·         Ordenar el régimen económico del centro, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades.
  • ·         Participar en la elaboración del PEC y de la PGA.
  • ·         Velar por el mantenimiento del material del centro en todos sus aspectos.


ÓRGANOS DE COORDINACIÓN:

CCP: Compuesto por el director, el jefe de estudios, los coordinadores de ciclo, y a veces, el orientador. Su función es coordinar todo lo que sea en el ámbito pedagógico. Se reúnen mensualmente.
                      COMPETENCIAS:
  • ·         Establecer directrices para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares.
  • ·         Supervisar la elaboración y revisión., así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y su posible modificación.
  • ·         Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del PAT.
  • ·         Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con NEE.
  • ·         Proponer al claustro los proyectos curriculares de etapa.
  • ·         Velar por el cumplimiento y evaluación de los proyectos curriculares de etapa.
  • ·         Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación.
  • ·         Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y de la PGA, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.
  • ·         Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos de centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.


Equipos de ciclo: compuestos por todos los profesores que impartan clase en ese ciclo, y se encargan de desarrollar y organizar, las enseñanzas propias del ciclo.
COMPETENCIAS:
  • ·         Formular propuestas al equipo directivo y al claustro
  • ·         Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración de los proyectos curriculares de etapa.
  • ·         Mantener actualizada la metodología didáctica.
  • ·         Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares.

Cada equipo de ciclo tiene un coordinador que es el que dirige, este realiza su función durante un curso y es nombrado por el director. Es un profesor que imparte en el ciclo y tiene un horario completo y es definitivo en el centro. Este tiene otras COMPETENECIAS como:
  • ·         Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa y elevar a la comisión de coordinación pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el equipo de ciclo.
  • ·         Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo.
  • ·         Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto curricular de etapa.


Otras funciones dadas por el jefe de estudios sobre todo las relativas con la de refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias.

EL CESE DEL COORDINADOR: al terminar su mandato o cuando se dé una de estas:
Ø  Renuncia motivada aceptada por el director
Ø  Revocación por el director a propuesta del equipo de ciclo mediante informe razonado, con audiencia del interesado

Junta de profesores: todos los profesores que le dan clase a un mismo grupo de alumnos se reúnen tres veces por curso.

                COMPETENCIAS:
  • ·         Evaluar a los alumnos y proponer medidas para su desarrollo educativo.
  • ·         Llevar a cabo la evaluación y el seguimiento global de los alumnos del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejora su aprendizaje.
  • ·         Establecer las actuaciones necesarias para mejorar el clima de convivencia.
  • ·         Tratar coordinamente los conflictos que surjan en el seno del grupo.
  • ·         Procurar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje.
  • ·         Conocer y participar en la elaboración de la información que se proporcione a los padres o tutores de cada uno de los alumnos.



Tutoría: Cada grupo tendrá un maestro tutor que será designado por el director, a propuesta del jefe de estudios.
COMPETENCIAS:
  • ·         Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación
  • ·         Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales
  • ·         Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos,
  • ·         Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.
  • ·         Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
  • ·         Colaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica en los términos que establezca la jefatura de estudios.
  • ·         Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.
  • ·         Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico
  • ·         Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.
  • ·         Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.


NOTA: La tutoría y orientación de los alumnos formará parte de la función docente.


ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN:

Consejo Escolar:(YA MENCIONADO EN ÓRGANOS DE GOBIERNOS, COLEGIADOS)
AMPA: Son Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos.
COMPETENCIAS O LO QUE PODRÁN HACER:
  • ·         Elevar propuesta para la elaboración del proyecto educativo y de la PGA.
  • ·         Informar a los padres de su actividad.
  • ·         Recibir información del consejo escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.
  • ·         Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de éste
  • ·         Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior
  • ·         Formular propuestas para la realización de actividades complementarias
  • ·         Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el consejo escolar.
  • ·         Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones.
  • ·         Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos.
  • ·         Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros.
  • ·         Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el consejo escolar.


Asociación de alumnos:
Posibilitan la participación de los alumnos en las actividades de los centros escolares se constituirán mediante acta que deberá ser firmada al menos pr cinco alumnos del centro.
                COMPETENCIAS:
  • ·         Expresar la opinión de los alumnos.
  • ·         Colaborar en la labor educativa y en las actividades complementarias y extraescolares.
  • ·         Promover la participación de los alumnos.
  • ·         Realizar actividades culturales y deportivas.
  • ·         Realizar actividades que fomenten la acción cooperativa y el trabajo en equipo.
  • ·         Promover federaciones y confederaciones de acuerdo con el procedimiento establecido en la ley vigente.
  • ·         Asistir a los alumnos en el ejercicio de su derecho a intervención en el control y gestión de los centros.
  • ·         Facilitar la participación de los alumnos en los consejos escolares y en la programación anual de la enseñanza a través de los correspondientes órganos colegiados.
  • ·         Expresar la opinión de los alumnos asociados en la elaboración del régimen interior del centro.




Escrito por:
- Sara Almenara Muñoz.
- Ana Cano Alcañiz.
- Adama Deli Diallo.

- Silvia Domínguez Gil.

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